El certificado de eficiencia energética o certificado energético es un documento oficial redactado por un técnico competente que incluye información objetiva sobre las características energéticas de un inmueble.
En este sentido, la certificación energética califica energéticamente un inmueble calculando el consumo anual de energía necesario para satisfacer la demanda energética de un edificio en condiciones normales de uso, incluyendo la producción de agua caliente sanitaria (ACS), calefacción, iluminación, refrigeración y ventilación.
La certificación concluye con la emisión de un certificado de eficiencia energética (CEE) calificando el inmueble en una escala energética de siete letras de A (calificación energética más eficiente) a G (calificación energética más deficiente).
Este certificado es obligatorio, salvo excepciones, para el propietario de cualquier inmueble (edificio completo, vivienda, oficina o local) objeto de una operación de compraventa o alquiler.
Desde el punto de vista normativo, la norma actual exige que todos los edificios existentes, cuando vendan o arrienden, dispongan de un certificado de eficiencia energética. Por ello, resulta obligatorio disponer de dicho certificado (demandado por el notario) antes de proceder a la realización de la venta o arrendamiento correspondiente.
Desde el punto de vista del propietario del inmueble, el certificado de eficiencia energética le informará de lo eficiente que es un edificio, vivienda u oficina, aportando una ventaja comparativa respecto al resto de sus competidores.
1. Identificación del edificio o, si es el caso, de la parte de este que se certifica.
2. Identificación del procedimiento escogido para la obtención de la calificación energética del edificio indicando la siguiente información:
3. Calificación de la eficiencia energética del edificio expresada mediante la etiqueta energética (letra que le corresponde referente al consumo anual).
4. Documento que recoja las medidas recomendadas por el técnico certificador, clasificadas según su viabilidad técnica, funcional y económica, así como su repercusión energética, que permitan, en el caso de que el propietario del edificio decida acometer voluntariamente esas medidas, que la calificación energética mejore como mínimo un nivel en la escala de calificación energética.